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FUEROS Y PRIVILEGIOS DE ASTUDILLO

           Astudillo, como otras muchas  villas y ciudades,  se vio favorecido en la Edad Media  por  la concesión de privilegios o gracias reales, exenciones y libertades  que contribuyeron a su engrandecimiento. Esto  favoreció   un   aumento de vecindario  al acudir las gentes foráneas a estos lugares, fijando su residencia  en busca de tales privilegios.

            El 10 de mayo de 1147, el emperador don Alfonso concedió los buenos fueros de Castrojeriz, premiando con ellos la fidelidad de los varones de Astudillo. A los caballeros de la villa se les otorga el privilegio de infanzones, se les exime de los tributos de minzo (el señor del pueblo podía elegir para sí la mejor alhaja del que moría)  y manería (tributo que se pagaba del caudal del que moría sin sucesión o sin herederos forzosos) y se les dispensa de ir a la guerra.

El mismo fuero se concede a los clérigos; a éstos y a las viudas se les exime de la obligación de dar posada al rey con su corte y al señor con su comitiva cuando aparecieran por el pueblo. A los peones de la manería  y de la fosandería (tributo personal  que se pagaba para la guerra), de serna (obligación personal que tenía cada vecino de ir a trabajar a las posesiones del Concejo) y facendera (arreglo de calles, caminos y otras obras de utilidad pública).

Todos los vecinos quedan exentos del tributo portazgo (se pagaba por llevar a vender géneros a las ferias o mercados de otras villas y se llamaba así por cobrarse en los puertos o gargantas por donde se pasaba de un reino o provincia a otro) y montazgo (se pagaba por los ganados por el uso de pastos o por pasar de un lado a otro)…  

Los reyes posteriores confirmaron varias veces el privilegio de los fueros. En ellos fueron declarados alfoces de Astudillo los Concejos de Villodre, Villalaco, Espinosa, Valdeolmos, Palacios del Alcor, Villasilos y Torre. En estos Concejos tenían jurisdicción los alcaldes y el merino de Astudillo. Alfonso XI escribió en  tres ocasiones a estos lugares, mandando llevar sus juicios a los alcaldes de Astudillo, cumpliendo sus emplazamientos y consientan al merino de la villa que use de la merindad.

Fernando III el Santo concedió otro privilegio a Astudillo, carta fechada en Carrión el 31 de marzo de 1221. Por un lado renueva y confirma un privilegio concedido ya en los fueros, el que hace referencia a que los hombres de Astudillo están exentos de pagar portazgo y montazgo en todo el reino. Hecho que fue causa de recelos por parte de señores de otras villas al ver mermados sus derechos pecuniarios. 

            La otra parte de la carta hace referencia a los privilegios que obtienen los mercaderes de Astudillo, haciéndoles la concesión de que cuando anden por los caminos y los montes con sus mercancías, nadie puede tomarlas en prenda, salvo por deuda contraída.

            Con la reina  María de Molina, señora de la villa, obtiene el privilegio al rebajar quinientos maravedíes del tributo de la martiniega de los tres mil que antes pagaba Astudillo y sus alfoces. Según la reina, los vecinos, pocos y pobres, no la  podían pagar.

            El emperador don Carlos, con carta dada en Valladolid, fechada el  14 de junio de 1542,  ratifica como privilegio otro antiguo caído en desuso, el de no embargar, por ninguna clase de deudas,  “bueyes e bestias de arar ni los aparejos que son para arar e labrar e coger pan e los otros frutos de la tierra, salvo por los nuestros pechos e derechos e de los otros señores, o por deuda  que deba el labrador al señor de la heredad, no se fallando otros bienes muebles ni raíces”.

            Felipe II firmó el privilegio de exención a favor del pueblo de Astudillo para que los militares no hiciesen aposento y estancia en la villa a no ser por una noche. Ello debido a las quejas manifestadas por los vecinos de las visitas frecuentes de los soldados, a veces quedándose durante largo tiempo en la villa, con gran demanda de víveres y cometiendo  atropellos en la población, haciendo muchos fraudes y cohechos. Este mismo privilegio fue concedido posteriormente por los reyes  Felipe III y  Felipe IV.

            Otros privilegios importantes los alcanza la villa con relación a la fabricación de paños. Aunque ya existen datos de la fabricación en el siglo XIV, será  a partir del  XVII cuando adquiere verdadera importancia, alcanzando la villa permiso de los reyes para fabricar paños docenos y expenderlos fuera del pueblo. La primera licencia es del año 1612. La fabricación tomó gran empuje, hasta el punto de creerse la villa con derecho a pedir, igual que lo hacían otras poblaciones, exención de quintas y levas por su contribución al progreso de la nación. Fue concedido en 1748 por cuatro años, plazo que luego fue prorrogado, desarrollándose la industria y alcanzando tal importancia que el rey  Carlos III hubo de aprobar  unas extensas ordenanzas para regular la fabricación en 1779.

También será Carlos III quien concede a finales del siglo XVIII el privilegio de tener una feria anual, la cual se celebraba los días 14, 15 y 16 de septiembre, así como un mercado semanal, con rastro los lunes.

Marisa Franco

(Oficina de Turismo)

Datos sacados de Historia de Astudillo de Don  Anacleto Orejón.

 

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